Bienvenido, aquí encontrará recomendaciones que serán de gran utilidad para que usted como ARRENDATARIO tenga en
cuenta: Es importante que usted siga las recomendaciones que le damos haciendo click aquí.

Recuerde que es necesario presentar uno o dos deudores solidarios, de acuerdo al valor del canon mensual de arrendamiento, quienes deberán, individualmente, diligenciar el formulario de estudio de solicitud y acreditar ingresos mínimo por el doble del valor del canon.
Además, deberá cancelar un valor por el estudio de acuerdo al rango en el que se encuentre el canon de arrendamiento. Para conocer estos valores haga click aquí.
Al radicar su solicitud adjunte los formularios y documentos de sus deudores solidarios.
Una vez radicada la solicitud, usted y sus deudores deberán estar atentos a la llamada telefónica de El Libertador, que se realizará en las siguientes 24 horas .
Si por alguna circunstancia no le es posible tomar en arrendamiento el inmueble para el que le fue aprobada la solicitud, usted puede trasladar ese resultado para otro inmueble u otra inmobiliaria, siempre y cuando esta tenga vigente la Póliza Colectiva de Cumplimiento para Contratos de Arrendamiento de Seguros Comerciales Bolívar S.A. y el nuevo canon de arrendamiento esté dentro del rango aprobado.
El traslado del resultado de su solicitud se logra mediante una llamada telefónica a la oficina en donde radicó sus documentos e informar:
-Número de solicitud
-Dirección del nuevo inmueble
-Valor del canon del nuevo inmueble
-Nombre de la nueva inmobiliaria, si es el caso.
La vigencia del estudio para el arrendatario y sus deudores solidarios será de tres (3) meses contados a partir de la fecha de aprobación.
Realice mensualmente el pago oportuno de su arrendamiento, las cuotas de administración, si las hubiere y los servicios públicos correspondientes.
Tenga siempre en cuenta el Reglamento de Propiedad Horizontal vigente en su copropiedad y sígalo debidamente.
Dentro de los contratos de arrendamiento, de acuerdo a la ley no podrá:
- Subarrendar el inmueble parcial o totalmente.
- Cambiar la destinación del inmueble, según lo pactado.
- Efectuar mejoras sin la debida autorización.
- Contratar nuevos o adicionales servicios públicos.
Nunca olvide entregar el inmueble en las mismas condiciones en las que usted lo recibió.
 |